El proceso que se lleva a cabo
para la Causa de la Madre

El proceso de canonización los resumimos muy escuetamente en cuatro estados:

1. Siervo de Dios.
El Obispo diocesano y el Postulador de la Causa piden iniciar el proceso de canonización. Y presentan a la Santa Sede un informe sobre la vida y las virtudes de la persona. La Santa Sede, por medio de la Congregación para las Causas de los Santos, examina el informe y dicta el Decreto diciendo que nada impide iniciar la Causa (Decreto "Nihil obstat"). Este Decreto es la respuesta oficial de la Santa Sede a las autoridades diocesanas que han pedido iniciar el proceso canónico.
Obtenido el Decreto de "Nihil obstat", el Obispo diocesano dicta el Decreto de Introducción de la Causa del ahora Siervo de Dios. Madre María Luisa esta declarada Sierva de Dios.

2. Venerable.
Esta parte del camino comprende cinco etapas:
a) La primera etapa es el Proceso sobre in vida y las virtudes del Siervo de Dios. Una Comisión jurídica, designada por el Obispo, recibe los testimonios de las personas que conocieron al Siervo de Dios. Esta Comisión diocesana no emite juicio alguno sobre la declaración de santidad de los Siervos de Dios; este juicio queda reservado a la Congregación para las Causas de los Santos.
b) La segunda etapa es el Proceso de los escritos. 'Una comisión de censores teólogos, señalados también por el Obispo, analiza la ortodoxia de los escritos del Siervo de Dios.
c) La tercera etapa se inicia terminados los dos procesos anteriores. El Relator de la Causa nombrado por la Congregación para las Causas de los Santos, elabora el documento denominado "Positio". En este documento se incluyen, además de los testimonios de los testigos, los principales aspectos de in vida, virtudes y escritos del Siervo de Dios. En este punto se encontraría la causa de Madre María Luisa.
d) La cuarta etapa es la discusión de la "Positio". Este documento, una vez impreso, es discutido por una Comisión de Teólogos consultores, nombrados por la Congregación para las Causas de los Santos. Después, en sesión solemne de Cardenales y Obispos, la Congregación para las Causas de los Santos, a su vez, discute el parecer de la Comisión de Teólogos.
e) La quinta etapa es el Decreto del Santo Padre. Si la Congregación para las Causas de los Santos aprueba la "Positio", el Santo Padre puede proceder a promulgar el Decreto de heroicidad de virtudes. El que era Siervo de Dios pasaría a ser considerado Venerable.

3. Beato o Bienaventurado.

4. Santo.







ORACIÓN

Señor, tú que quisiste asociar a tu hija
María Luisa al Misterio Redentor de tu
Hijo Jesús, el cual lo vivió como una
verdadera Víctima de Amor y le
revelaste, de muchas formas, el Amor
que tu corazón tiene a los hombres.
Concédenos por su intercesión la gracia
que solicitamos ...
Y la alegría de verla un día entre los que
la Iglesia declara santos, que su ejemplo
de humildad y amor a los pobres nos
anime a propagar incansablemente los
valores del Reino.
Te lo pedimos por mediación de
Jesucristo
y su Santísima Madre la Virgen María.
Amén

Para cualquier comunicación de favores recibidos pueden  dirigirse a:
                     causammluisa@gmail.com

                  Misioneras de la Caridad y la Providencia
                  Ctra, de Liétor, 76
                  02400 Hellín (Albacete) España.
                  Tel. 967 300 590  -  967 304 942
                 
                
 Los Donativos para colaborar con la Causa pueden ser depositados en la cuenta del  Banco Popular Español:
Nº   ES8800750123590601574090


Para todo lo referente a la Madre María Luisa Zancajo y su causa de canonización, también pueden contactar con las Comunidades o centros de Misioneras de la Caridad y la Providencia en Angola, Costa Rica, España, Honduras, Nicaragua y Panamá.